Todo proveedor de IHSS en California pasa por los mismos cuatro pasos, que maneja la oficina de IHSS del condado o su Autoridad Pública, nunca el CDSS. En el orden correcto, toma unas semanas. Aquí está la secuencia, y las partes en que la gente se equivoca.
Antes de empezar: un beneficiario que quiera contratarte
Te inscribes como proveedor de un beneficiario específico. El beneficiario (o su representante autorizado) le dice al condado que te está contratando, normalmente con el formulario de Designación de Proveedor por el Beneficiario (SOC 426A). Si todavía no tienes beneficiario, el registro de la Autoridad Pública es la forma en que los condados conectan a proveedores con personas que necesitan uno.
Los cuatro pasos
- Formulario de Inscripción de Proveedor, SOC 426. Llénalo y entrégalo en persona en la oficina de IHSS del condado o en la Autoridad Pública. Lleva una identificación oficial con foto y tu tarjeta original del Seguro Social; el condado tiene que ver ambas. No envíes el formulario al CDSS.
- Orientación para proveedores. Una sesión del condado, en persona o en algunos condados en línea con una breve verificación de identidad, que cubre tus deberes, las hojas de tiempo y EVV, los límites semanales, las infracciones, el fraude y el deber de reportar. Inscríbete a través del condado o la Autoridad Pública.
- Acuerdo de Inscripción de Proveedor, SOC 846. Todo proveedor lo firma. Es la lista de reglas que aceptas seguir (hojas de tiempo exactas, solo tareas autorizadas, reportar cambios), y es contra lo que se mide una infracción después.
- Huellas digitales y verificación de antecedentes del Departamento de Justicia. Se hace por Live Scan en un lugar aprobado por el condado. En la mayoría de los casos el condado cubre o reembolsa la tarifa; pregunta antes de pagar. Los resultados van al condado, que te notifica por escrito.
Qué busca la verificación de antecedentes
- Delitos de Nivel 1: ciertos abusos a menores, abuso de adultos mayores o dependientes, y fraude contra un programa gubernamental de salud o de servicios de apoyo. Una condena de Nivel 1 en los últimos 10 años significa que no puedes inscribirte, y ningún beneficiario puede eximirla.
- Delitos de Nivel 2: delitos graves o violentos, delitos graves que exigen registro como ofensor sexual, y fraude grave contra un programa público de servicios sociales. Una condena de Nivel 2 o encarcelamiento relacionado en los últimos 10 años también bloquea la inscripción, pero un beneficiario que aun así quiera contratarte puede firmar una exención individual (SOC 862) dentro de los 10 días del aviso de inelegibilidad. La exención cubre solo a ese beneficiario y solo las condenas que lista.
- Para trabajar con otros beneficiarios o entrar a un registro después de un hallazgo de Nivel 2, puedes pedir una excepción general (SOC 863) a la Oficina de Verificación de Antecedentes de Cuidadores del CDSS dentro de los 45 días del aviso de negación.
Si crees que la decisión del condado es incorrecta, el aviso te dice cómo apelar; el plazo es corto, así que léelo el día que llegue.
Después de la aprobación
El condado te vincula al caso del beneficiario y te dice tu fecha de inicio. Luego, más o menos en este orden: regístrate en el Portal de Servicios Electrónicos (etimesheets.ihss.ca.gov), configura el depósito directo o una tarjeta de pago, presenta el SOC 2298 si vives con el beneficiario, y decide la retención con el W-4 y el DE-4. Nuestra guía sobre cómo te pagan explica los tiempos del primer cheque.
Los errores que cuestan semanas
- Trabajar antes de la fecha de aprobación. Las horas anteriores a la fecha de inicio del condado no se pagan, por muy real que haya sido el trabajo.
- Una fotocopia de la tarjeta del Seguro Social, o un nombre que no coincide. Lleva la original, y asegúrate de que tu identificación, la tarjeta y el SOC 426 muestren el mismo nombre.
- Olvidar la parte del beneficiario. Tu inscripción puede estar completa mientras falta el formulario de designación del beneficiario; pregunta en el condado si ambas mitades están.
- Inscribirte en el condado equivocado. La inscripción es por condado. Un segundo beneficiario en otro condado significa inscribirte también ahí.
Puntos clave
- Cuatro pasos, todos por el condado o la Autoridad Pública: SOC 426 con identificación y tarjeta original del Seguro Social, orientación, SOC 846, huellas para el DOJ
- Las condenas de Nivel 1 (abuso de menores o adultos mayores, fraude a programas) en los últimos 10 años no se pueden eximir; las de Nivel 2 sí, por el beneficiario con el SOC 862 o por el CDSS con el SOC 863
- El beneficiario te designa por separado (SOC 426A); ambas mitades deben estar
- No hay pago por horas anteriores a la fecha de inicio del condado
- Después: registro en el ESP, depósito directo, SOC 2298 si vives con el beneficiario, W-4 y DE-4
