El pago de IHSS es un salario normal, con una gran excepción para los proveedores que viven con la persona que cuidan. Aquí están las piezas en el orden en que te las vas a encontrar. No somos preparadores de impuestos; para tu propia declaración, consulta al IRS, al Franchise Tax Board o a un preparador.

Quién es tu empleador, en papel

El beneficiario te contrata, te dirige y puede despedirte, pero para la nómina el empleador registrado es el Estado de California. Tus cheques y tu W-2 vienen de la Oficina del Contralor del Estado, no del condado ni del beneficiario. Un solo W-2 cubre a todos los beneficiarios con los que trabajaste en el año. Si no llega a principios de febrero, o la dirección está mal, el historial de pagos del ESP tiene tus totales y la oficina de IHSS del condado puede pedir que lo vuelvan a emitir.

No te retienen nada a menos que lo pidas

Esto es lo que sorprende a la gente en abril. El Seguro Social y Medicare (FICA) se descuentan de cada cheque automáticamente, pero el impuesto sobre la renta federal y estatal no se retiene a menos que presentes un W-4 (federal) y un DE-4 (California). Muchos proveedores nunca lo hacen, trabajan todo un año y deben una suma grande al declarar.

La exclusión por vivir con el beneficiario: SOC 2298

Si vives en la misma casa que el beneficiario, tus salarios de IHSS y WPCS por ese beneficiario pueden excluirse del impuesto sobre la renta federal y estatal. Esto viene del Aviso 2014-7 del IRS, que trata estos pagos como pagos por "dificultad de cuidado", y California lo sigue.

  1. Presenta el formulario SOC 2298, la Autocertificación de Proveedor que Vive en el Hogar. Un formulario por cada beneficiario con el que vivas. Envíalo por correo a la dirección del formulario (va al CDSS, no al condado).
  2. Espera hasta 30 días para el procesamiento. Los salarios pagados antes de que se procese el formulario siguen siendo gravables y no se corrigen después, así que preséntalo la misma semana en que te mudes o empieces.
  3. Una vez registrado, tus salarios excluidos ya no aparecen en la casilla 1 ni en la 16 del W-2. Desde el cambio del IRS de 2024 se reportan en la casilla 12, código II. FICA sigue aplicando y sigue apareciendo en las casillas 3 y 5.
  4. No tienes que volver a presentarlo cada año. Si te mudas, presenta de inmediato el formulario de cancelación SOC 2299 (y un cambio de dirección, SOC 840, en el condado); los salarios después de esa fecha vuelven a ser gravables.

La exclusión es opcional en un sentido útil: para el Crédito por Ingreso del Trabajo (EITC) y el Crédito Tributario Adicional por Hijos, puedes elegir contar todos tus salarios excluidos de IHSS como ingreso del trabajo, o ninguno, lo que te dé mejor resultado. Los programas de impuestos suelen preguntar por "pagos de exención de Medicaid" para manejar esto.

Tres errores que cuestan dinero de verdad

Puntos clave

  • Tu W-2 viene de la Oficina del Contralor del Estado; un solo W-2 cubre a todos tus beneficiarios
  • FICA se retiene automáticamente; el impuesto sobre la renta federal y estatal no, a menos que presentes un W-4 y un DE-4 en el condado
  • ¿Vives con el beneficiario? Presenta el SOC 2298 (uno por beneficiario); espera 30 días; los salarios excluidos pasan de la casilla 1 a la 12-II
  • ¿Te mudas? Presenta el SOC 2299 esa misma semana
  • Para el EITC, puedes contar los salarios excluidos como ingreso del trabajo o no, lo que te convenga